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Las dudas más comunes sobre el contrato, la batería y el proceso.
El contrato
Es un acuerdo en el que una compañía instala y es dueña del sistema solar en tu casa, y tú le pagas por la energía que produce, a una tarifa por kWh que queda por escrito.
No, en un contrato de energía el sistema es de la compañía solar durante el contrato. Al terminar puedes renovar, firmar uno nuevo, pedir que lo retiren o comprarlo, según tu contrato.
Muchos contratos incluyen un aumento anual fijo, normalmente entre 0.99% y 2.99%. La idea es que ese aumento sea menor que el de tu compañía de luz. Con la calculadora lo comparas.
Es un requisito de los contratos que ofrecemos. Con NEM 3.0, la energía que mandas a la red se paga mucho menos, así que conviene guardarla en la batería y usarla de noche.
No. En un contrato de energía lo reclama la compañía dueña del sistema. El crédito 25D para sistemas propios terminó el 31 de diciembre de 2025.
Tu casa y tu recibo
Sí. Seguirás recibiendo un recibo de tu compañía de luz por cargos fijos mensuales y por la energía que el sistema no cubra. Aparte pagas el contrato.
El contrato puede transferirse al comprador, o se puede comprar el sistema. Algunas ventas tardan más si el comprador no quiere asumir el contrato. Pide ver el proceso antes de firmar.
Depende de cómo se configure la batería. Pregunta qué respaldo ofrece tu propuesta durante un apagón.
Normalmente la compañía que es dueña del sistema se encarga del monitoreo y las reparaciones. Confirma qué cubre la garantía de paneles y batería en tu contrato.
El estado del techo importa, porque los paneles se instalan encima y duran muchos años. La compañía solar lo revisa durante la evaluación.
Por ahora trabajamos solo con dueños de casa, porque la compañía solar necesita autorización del dueño de la propiedad.
Nuestro servicio
No. Contestar las preguntas y que te contactemos no es requisito de compra.
Una compañía solar licenciada en California. Nexolar California no instala ni vende sistemas solares.
Los usamos para contactarte sobre energía solar y los compartimos con una compañía solar licenciada para agendar tu cita. Puedes leer los detalles en nuestra política de privacidad.
Sí. Puedes responder STOP a cualquier texto, o decirnos por teléfono que no quieres más llamadas.
Busca su licencia en cslb.ca.gov. Para solar, la clasificación es C-46. Confirma que esté activa y que tenga fianza y seguro.
Llámanos o agenda una evaluación gratis y te la resolvemos.